De manera inesperada llegó el coronavirus, y del mismo modo se han ido sucediendo medidas a lo largo de estos pasados meses que pueden generar confusión pues se puede estar teniendo en cuenta un Real Decreto que se quedó antiguo.

El Gobierno, en su intento de que se destruyese la menor cantidad posible de empleo, debido a las medidas que se habían puesto en marcha para frenar la propagación del virus, optó por salvaguardar el empleo durante 6 meses tras la finalización de un ERTE. Esto lo que quiere decir es que si, tanto una empresa como sus trabajadores se beneficiaron de las exenciones o ayudas asociadas al ERTE, se debería de mantener el compromiso de mantener el empleo de todos los trabajadores durante los siguientes seis meses.

Las dudas que pueden aparecer relacionadas con esta salvaguarda del empleo las vamos a aclarar a continuación:

La primera referencia que encontramos en un Real Decreto a la salvaguarda de empleo durante seis meses tras un ERTE la encontramos en el Real Decreto Ley 8/2020 del día 17 de marzo de 2020.

El periodo de 6 meses comienza a contar desde que se incorpora a su puesto de trabajo el primer trabajador, aunque solo esté en jornada parcial. Es importante tener en cuenta que no se puede despedir a ningún trabajador pues en caso contrario la empresa estaría incumpliendo su compromiso de mantener el empleo y debería de devolver todas las exoneraciones relacionadas con el ERTE.

El segundo compromiso para la salvaguarda de empleo durante seis meses debe de tener en cuenta si la empresa estuviese afectada por un compromiso previo, o no. Entonces, en el supuesto de que una empresa estuviese afectada por ese primer compromiso, el nuevo empezará a contabilizar cuando el primero haya finalizado.

Si una empresa no está afectada por ningún compromiso previo, el periodo de seis meses para salvaguardar el empleo empezará a contar desde el momento en el que el primer trabajador que estaba en un ERTE comience a trabajar.

En el tercer compromiso de salvaguarda del empleo, si la empresa estuviese afectada por un compromiso previo tendrá que esperar a su finalización para que empiece a contar el nuevo periodo obligatorio de seis meses si es que algún trabajador ha salido del ERTE y ha comenzado con su jornada, aunque sea a tiempo parcial.

Guía breve sobre los seis meses de salvaguarda de empleo

El periodo de compromiso de 6 meses para mantener el empleo cuentan siempre desde el momento en el que sale del ERTE el primer trabajador, aunque sea a tiempo parcial, pero siempre teniendo en cuenta que si la empresa tenía un compromiso previo, ese nuevo periodo de 6 meses no empezará a contar hasta que no finalice el anterior, o anteriores.

Esto puede suceder así porque una empresa puede finalizar un ERTE, y puede volver a solicitarlo varias veces más.

Si por ejemplo, una empresa ha tenido una actividad intermitente, en la que solo sacó a parte de los trabajadores de un ERTE para volver a solicitarlo y de nuevo tuvo otro periodo de actividad para volver a un ERTE de toda la plantilla, tendrá que contabilizar todas las salvaguardas de empleo previas hasta cumplir en cada una de ellas seis meses, y sumarlas todas para saber hasta cuándo tendrá que mantener ese compromiso de no despedir a ningún trabajador.