En el inicio de septiembre estamos asistiendo a una cierta improvisación en el regreso de los niños al colegio. Por un lado hay estudios que vendrían a demostrar que transmiten en menor medida el coronavirus, pero también hay otros que dicen lo contrario, de tal manera que la carga viral, en los más pequeños de la casa, puede ser muy elevada.

Por fortuna, aunque cualquiera de los estudios fuese correcto, lo que sabemos es que el porcentaje de niños que llegan a padecer el síndrome conocido como COVID-19 es casi insignificante. En este sentido sería deseable aclarar una confusión que tienen periodistas de numerosos medios de comunicación al creer que con las pruebas PCR se está detectando que alguien padezca la COVID-19. Esto es erróneo pues esas pruebas lo único que pueden llegar a detectar, y en ocasiones con falsos positivos, es que alguien haya podido contagiarse del virus. En el caso de los niños ese contagio no tiene por qué dar lugar a ninguna enfermedad, ni siquiera a síntomas leves, pero de aparecer, en la gran mayoría no van a revestir ningún tipo de daño del que nos tengamos que preocupar.

Sin embargo, un niño que haya dado positivo en una de estas pruebas se va a ver obligado a guardar cuarentena y, por lo tanto, esto va a tener consecuencias en la vida laboral de los padres que van a querer cuidar a sus hijos en ese periodo de aislamiento.

Bajas laborales retribuidas al dar positivo un hijo

En la actualidad si uno de nuestros hijos da positivo en una prueba para detectar el coronavirus, no confundamos con la COVID-19, las personas que convivan con él van a verse obligados a guardar también cuarentena. Por lo tanto, este aislamiento no se va a deber solo a un deseo de los padres de cuidar a sus hijos, sino a unas medidas que intentan que el virus no se propague de los hijos a los padres, y de ellos a los compañeros de trabajo.

Por lo tanto, lo que mencionamos en artículos anteriores, sobre la consideración de incapacidad laboral por accidente de trabajo en estos casos de aislamiento, sigue vigente. Se puede consultar la siguiente página de la Seguridad Social, que informa sobre la incapacidad laboral y el coronavirus.

Entonces, hasta el día de hoy, a esperas de cualquier novedad en este sentido que se pueda producir a lo largo de septiembre, para tener una baja laboral retribuida tenemos que estar en el supuesto de que nuestros hijos hayan dado positivo en una prueba PCR.

Pero, ¿qué ocurre si nos vemos en la necesidad de cuidar a un familiar?

Plan Me cuida

Para poder acogerse a este plan, que permite que un trabajador pueda reducir su jornada hasta un 100%, debe de solicitarlo con 24 horas de antelación. Su puesto de trabajo no peligrará pero debe de ser consciente que este permiso que le permitirá cuidar a su familiar, no está remunerado.

Para conocer con más detalles se puede consultar la página del Ministerio de Derechos Sociales sobre el Plan Me cuida.