En materia de IVA se ha producido recientemente un importante cambio que está trayendo consigo que sean muchos los clientes de nuestra asesoría en El Plantío, Cepresa, los que nos pregunten al respecto. En concreto, nos estamos refiriendo a lo que se denomina SII o Suministro Inmediato de Información.

Si deseas conoce más al respecto de este asunto, no dudes en seguir leyendo.

Principales dudas

Numerosas y variadas son las preguntas que al respecto del citado SII nos hacen los autónomos y empresarios o miembros de sociedades de diversa índole. No obstante, entre las más significativas se encuentran algunas tales como ¿qué es?, ¿por qué se ha procedido a implantar?, ¿a quiénes afecta? o incluso ¿cuáles son las líneas básicas que vienen a establecer su estructura?

Aquí están las respuestas a esas dudas:

  • Viene a ser un nuevo sistema para proceder a gestionar de manera adecuada el IVA.

  • Básicamente se plantea a través de la Agencia Española de la Administración Tributaria y consiste en que mediante la misma se acometa una importante tarea como es la gestión y el control de los libros de registros del IVA.

  • Entre otros, su principal objetivo es conseguir que los registros de facturación se lleven de manera mucho más rápida y sencilla, es decir, que tenga lugar un mejor control tributario. Eso sí, tampoco hay que pasar por alto que permite que el contribuyente disponga de una mayor y mejor asistencia al respecto.

  • Los sujetos pasivos que así lo deseen y las empresas que declaren mensualmente el IVA son las que deberán hacer uso del SII. Estas últimas será obligatorio que lo realicen de esta manera a partir de julio de este año 2017.

  • La manera que tendrán de acogerse a este cambio normativo establecido no será otra que presentando sus libros de registro de manera absolutamente electrónica antes del día 30 de cada mes.

  • Además de toda la información, no podemos pasar por alto que las líneas básicas de funcionamiento y ejercicio del SII son cuatro. ¿Cuáles? El libro de registro de bienes de inversión, el libro de registro de las facturas expedidas, el libro de registro de determinadas operaciones de carácter intracomunitario y también el libro de registro de las facturas recibidas.

Información complementaria del SII

Aunque los datos que hemos dado a conocer en el apartado anterior son los más importantes respecto al Nuevo Suministro Inmediato de Información, no hay que pasar por alto otros que también despiertan interés.

¿Preparado para seguir tomando notas al respecto? Te los presentamos a continuación:

  • El funcionamiento del proceso consistirá en que las empresas y sujetos pasivos citados enviarán su información, los detalles de la facturación, a la citada AEAT mediante vía electrónica. Con esto nos referimos que se hará a través de los servicios web creados y desarrollados para ese objetivo.

  • Cada uno de los envíos de datos que se realicen tendrán que tener una cabecera con datos tan relevantes como los datos del titular del libro de registro en sí, sin olvidar tampoco el ejercicio del que se trate la información enviada y el periodo en el que se procede a acometer esa operación registral.

  • Aunque surgen muchas dudas al respecto, en Cepresa no dudamos en dar a conocer a nuestros clientes que este nuevo método, que viene a sustituir al que se venía usando desde hace tres décadas, no significa que haya que enviar las facturas. No, lo que hay que hacer es remitir lo que son los campos referentes a los registros de facturación que se establecen como tal.

  • Respecto a los envíos de los citados registros, las fechas para hacerlo son las siguientes: por regla general, tanto las facturas recibidas como las expedidas en el plazo de cuatro días naturales desde su registro o expedición, respectivamente. Para las operaciones intracomunitarias también se establecen cuatro jornadas y para lo que son los bienes de inversión, esa labor se podrá realizar dentro de lo que viene a ser el plazo de presentación del último periodo de liquidación del año. Esto último significa que se puede realizar hasta el 30 de enero.

A grandes rasgos, estos son los principales datos de interés que merece la pena conocer del SII, un sistema novedoso y útil. Se trata de una herramienta que facilita que ahora se envíe a la AEAT mediante medios electrónicos toda la información relativa a las facturas y a los libros de registros del IVA.

¿Tienes más dudas? Si es así, no dudes en consultarnos. En Cepresa estamos para ayudar a todos nuestros clientes.