Si hay en este momento un tema que esté de máxima actualidad en nuestro país es la presentación de la declaración de la renta. Hasta el 2 julio está abierto el plazo para poder efectuar esa acción, según está indicado en la correspondiente campaña. De ahí que en nuestra asesoría Cepresa tengamos el suficiente cuidado para presentar las declaraciones de nuestros clientes que nos lo soliciten dentro del periodo establecido.

No obstante, son muchas las personas que las hacen por su cuenta y que se encuentran con el problema de que, por olvido o por simple dejadez, no la han presentado en el plazo indicado. Entonces, ¿se puede presentar fuera de plazo?

La respuesta es sí. Sin embargo, como se puede imaginar, hacerlo fuera del periodo establecido supondrá tener que hacerle frente a un recargo. Eso sí, se producirá este teniendo en cuenta los siguientes criterios:

  • Esa sanción será de entre el 5 % y el 20 %.

  • En concreto, quienes presenten la declaración en los tres meses siguientes a la fecha establecida como tope, tendrán que abonar un 5 % de recargo.

  • Si se da la circunstancia de que la presentan entre los tres y los seis meses siguientes al 2 de julio, el ciudadano tendrá que hacerle frente a la sanción del 10 %.

  • Cuando la declaración sea presentada entre los seis meses y el año, el recargo será del 15 %.

  • Finalmente, si se excede el año el recargo será del 20 %. Pero no solo eso, pues además tendrá un interés por demora que también tendrá que afrontar. Este se calculará en base a los días que han transcurrido desde el año tras finalizar el plazo legal y el momento en el que la declaración se presenta.

  • Eso sin pasar por alto que en caso de que se reciba una notificación por parte de la Administración Tributaria, la infracción establecida no será menor al 50 %.

Además, de todo lo mencionado hay que tener en cuenta que si la persona no está obligada a presentar la declaración de la renta, porque ingresa rentas de menos de 22.000 euros al año, no caerá en ninguna infracción y, por tanto, no tendrá que abonar ese recargo mencionado.

Para no cometer errores con este asunto y para que la declaración se realice de la manera más favorable para tu empresa, no dudes en confiar en una asesoría como la nuestra, con más de 40 años de experiencia y formada por profesionales especializados y titulados.