Con la intención de apoyar a empresas y autónomos para que puedan salir adelante de esta crisis económica derivada de la epidemia del COVID-19 el Gobierno ha estado dando a conocer una serie de ayudas. A continuación vamos a resumir algunas de las más destacadas.

Cese de actividad

Los trabajadores por cuenta propio o autónomos que hayan suspendido su actividad debido a la declaración del estado de alarma, o que hayan visto reducida su facturación un 75% en comparación de lo facturado el último semestre, recibirán una prestación del 70% de la base reguladora.

Para más información: Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19

Aplazamiento de la deuda con la Seguridad Social

Si un autónomo o pyme adquiere deudas con la Seguridad Social siendo el plazo para su ingreso entre los meses de abril y junio de 2020 podrá solicitar el aplazamiento del pago con un interés del 0,5%, siendo el requisito que no tuviera deudas previas.

Para más información: Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Moratoria de cotizaciones de la Seguridad Social

La moratoria será de 6 meses sin intereses en las cotizaciones de pymes y autónomos. Para las pymes el periodo de devengo será de abril a junio, y para los autónomos de mayo a julio.

Para más información: Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Aplazamiento pago fraccionado IRPF e IS, declaración trimestral del IVA y retención e ingresos a cuenta

Las pymes y autónomos que no hayan tenido un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019 podrán aplazar hasta un máximo de seis sus deudas tributarias (declaraciones y autoliquidaciones) cuyo plazo finaliza entre el 13 de marzo y el 30 de mayo. En conjunto las deudas no deben de superar los 30.000 euros. No se devengarán intereses de demora durante los tres primeros meses.

Para más información: Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19

Aplazamiento de préstamos con Ayuntamientos y Comunidades Autónomas

Pymes y autónomos podrá solicitar el aplazamiento tanto en el pago inicial como en los intereses del préstamo de lo que quede de 2020.

Para más información: Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Aplazamiento de la deuda hipotecaria de locales y centros de trabajo

La suspensión de esta deuda tendrá un plazo de tres meses, que se refiere a inmuebles afectos a la actividad económica que desarrollen empresarios y profesionales. También queda incluidas viviendas distintas a la habitual en situación de alquiler para las que el deudor hipotecario, propietario y arrendador, haya dejado de percibir la renta.

Para más información: Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Línea ICO Avales

Las pymes y autónomos tendrán acceso a estos avales por medio de las entidades financieras, con los cuales se pretende atender las necesidades de financiación para el pago de salarios, facturas, liquidez o necesidades de circulante.

Para más información: Resolución de 25 de marzo de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa

Planes de pensiones

Los autónomos que se hayan visto afectados por la suspensión de su actividad por el estado de alarma podrán hacer efectivos sus derechos en un plazo de seis meses a partir del día que se declaró el estado de alarma. El importe que se puede retirar no será superior a los ingresos netos que se dejen de percibir durante la suspensión de la actividad.

Para más información: Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.