La jerga del ámbito fiscal, jurídico y administrativo se convierte, en muchas ocasiones, en una auténtica losa para quienes tienen un negocio, especialmente cuando están comenzando como empresarios. De ahí que no duden en ponerse en contacto con nosotros, con Cepresa, a la hora de que podamos no sólo gestionar de la mejor manera posible ciertos trámites y aspectos de sus negocios sino también informarles y explicarles concienzudamente qué son determinados términos.

Así, por ejemplo, es habitual que nos hagan muchas preguntas acerca de los conocidos suplidos. ¿Qué son? Básicamente podemos determinar que vienen a ser los gastos que se realizan por cuenta y orden de otro, como puede ser un cliente. De esta manera, lo que sucede es que el mencionado cliente debe dinero al empresario y, por tanto, este tiene lo que se conoce como derecho de cobro por la cantidad que él ha abonado.

Los profesionales del ámbito fiscal, como son los expertos que dan forma a nuestra asesoría en El Plantío (Majadahonda), que se topan con el hecho de que alguno de los autónomos que les han contratado cuenta con algún suplido les hacen una recomendación: que lo incluya en la factura.

Básicamente esa inclusión se puede acometer de varias formas. No obstante, la más sencilla y utilizada es estableciendo el concepto de suplido como tal en lo que es la factura a nombre del cliente por el que se ha abonado una cantidad y sumarle su precio al total final de la misma, una vez que se ha realizado el pertinente IVA. Así, en ese documento se establecerá claramente el término suplido y el coste del mismo.

De la misma manera, y en base a las circunstancias que hayan rodeado esa transacción, también se puede optar por incluir el suplido en cuestión mediante la suma al coste de la factura para luego someter ambos conceptos al añadido del mencionado IVA.

El asesor que lleve el caso es el que aconsejará cuál es la forma más idónea de tratar fiscalmente los suplidos que, como no podía ser de otra manera, deben anotarse por parte del autónomo o empresario en cuestión en lo que es su contabilidad. Y es que de esta forma se garantiza que todo está absolutamente sujeto a la ley.

Si tienes dudas al respecto, no dudes en consultarnos. Nuestros profesionales te asesorarán personalizada, atenta y amablemente.