Para muchas personas todo lo relativo a la fiscalidad de sus empresas o de sus empleos puede resultar no sólo un engorro sino también un mar de dudas y dificultades. En concreto, les suelen surgir muchas preguntas acerca del conocido como I.R.P.F (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y es precisamente por eso por lo que les interesa contar con los servicios de una consultoría y asesoría como la nuestra, Cepresa.

Si confían en nosotros tendrán la asistencia en todo momento de profesionales cualificados y con experiencia que resolverán todas las cuestiones que les surjan. Muchos de nuestros clientes ya lo hacen y suelen preguntarnos por aspectos tales como estos:

  • ¿Cuándo es obligatorio presentar la declaración de la renta? La cantidad límite para proceder a acometer esa acción es haber ganado 11.200 euros anuales de un único pagador o 22.000 euros anuales si se han tenido varios pagadores.

  • ¿Qué comprobaciones tengo que hacer antes de confirmar el borrador de la declaración? Básicamente las rentas obtenidas, los rendimientos en materia de intereses, la hipoteca en el caso de que se tenga, los datos de las propiedades que se posean, los datos personales del cónyuge o de los hijos que deban aparecer en la misma…

  • ¿Hay novedades en la declaración de la renta 2015? Sí, varias. En concreto, hay que destacar que suben los mínimos familiares y personales, que se suprimen los coeficientes de actualización, existen nuevas deducciones, se elimina lo que es la deducción por rendimientos del trabajo o actividades económicas, desaparecen las deducciones por alquiler de vivienda habitual, hay nuevas tarifas para calcular lo que es la cuota íntegra estatal y de ahorro…

Si tú tienes algunas de estas dudas u otras diferentes en cuanto al I.R.P.F, no lo dudes. Consúltanos. Somos la asesoría que necesitas.