Una de las situaciones que más preocupa a quienes tienen una empresa es verse sometidos a una inspección de Hacienda. Precisamente por ese motivo desde nuestra asesoría Cepresa les ofrecemos soluciones no solo para hacerle frente a la misma sino también para que nuestros clientes sepan por adelantado que la evolución de ese proceso será la más favorable. Por este motivo nos gusta dar a conocer toda la información posible sobre la inspección, además de mencionar, como hicimos en un artículo anterior, las razones por las que podemos ser objetivo de Hacienda, y como vamos a hacer en esta ocasión estableciendo sus fases.

¿Preparado para tomar nota? Son las siguientes:

  • Aviso o notificación. En esta primera fase en la que tiene lugar la notificación por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de que se va a realizar la citada inspección. Es más, en realidad se está citando para la misma.

  • Comparecencia. En esta etapa, el responsable de la empresa que va a ser sometida a la inspección tiene que acudir a la cita que se le indicó. Debe personarse de forma puntual en el lugar establecido. Aconsejamos que se muestre tranquilo y que conteste a todas las preguntas que le realicen, de forma precisa y concreta. También es probable que Hacienda nos pida que le enviemos la documentación de su interés a través de Internet, sin que se produzca un encuentro físico, sobre todo si está ante una inspección que puede considerarse de las menores ya que el presupuesto de la Administración no es muy sobrado. Esto es igualmente válido para el caso en el que un inspector se persone en nuestra empresa, para lo cual necesita una autorización judicial, o que nosotros le autoricemos.

  • Contabilidad. En esta tercera fase de la inspección de Hacienda es cuando, si así se establece e indica de la forma pertinente, se procederá a presentar la documentación necesaria para poder analizar la contabilidad de la empresa.

  • Diligencias. Después de las distintas reuniones entre la Administración Tributaria y el responsable de la empresa sometida a la inspección, llega esta otra etapa en la que se realizan los documentos conocidos como diligencias. Se trata de unos documentos en el que se vienen a exponer los hechos acontecidos durante las citas y que deben contar con las rúbricas de ambas partes. De la misma manera es importante saber que si no estamos de acuerdo con uno o varios de los aspectos recogidos tenemos derecho a que en esas diligencias queden claras las cuestiones en las que somos disconformes.

  • Estimaciones. En el caso de que Hacienda tenga claro que la empresa ha dejado de ingresar alguna cantidad pero no sepa claramente cuál, se realizará una estimación de la misma. En ese caso, el responsable de la empresa deberá intentar llegar a un acuerdo, aportando los argumentos más sólidos que tenga, para poder lograr pagar la menor cantidad posible.

  • Acta. Todo el proceso de la inspección concluye con este documento que puede ser de conformidad, cuando el inspeccionado está absolutamente de acuerdo con lo que se le “imputa”, o de disconformidad. En este punto se demuestra el gran interés que tiene contar con profesionales que tengan experiencia y conocimientos sobre las inspecciones de Hacienda, y cómo se puede conseguir rebajar el posible pago, aunque sea manteniendo la conformidad con una parte de la que nos consideremos responsables. Ante lo que se esté disconforme hay que defender una postura que consiga rebajar lo que nos pide Hacienda.