Poner en marcha una Entidad No Lucrativa, lo que se conoce como ENL, resulta, como otros muchos procesos de características similares, un procedimiento complejo si no se conoce perfectamente la legislación al respecto y aún así lo sigue siendo porque requiere su burocracia. Pero no sólo eso, también es arduo y complicado lo que sería mantener ajustada por completo su gestión a lo que es la legalidad en cuestiones tales como la fiscalidad.

Precisamente estas circunstancias son las que propician que muchas personas, que quieren poner en marcha una entidad de ese tipo o que ya la tienen, confíen en los profesionales de nuestra asesoría en Madrid, Cepresa. En concreto, depositan en nuestros expertos su confianza porque tienen serias dudas sobre cuál es el marco legal en materia fiscal que regula a las ENL.

Al ponerse en manos de los integrantes de nuestra plantilla, profesionales titulados y con gran experiencia, lo que consiguen es poder encontrar respuestas a todas esas cuestiones que les preocupan. Y es que les dan la información necesaria al respecto, entre la que se encuentran los siguientes datos:

  • Las Entidades No Lucrativas cuentan con unas características especiales por lo que, como es lógico, en cualquier gestoría y asesoría tendrán que tenerlas en cuenta para acometer una fiscalidad totalmente adecuada, que es diferente a la de cualquier empresa.

  • Por regla general, las citadas entidades se amparan bajo el paraguas de “no declaradas de utilidad pública” y eso les lleva a tener ciertas exenciones. Asimismo hay que destacar que tienen que proceder a tributar según lo establecido en la Ley 27/2014.

  • No tendrán que acometer la presentación de la pertinente declaración, las que se acogen al régimen especial del impuesto sobre sociedades y que cumplan con ciertos requisitos, tales como tener unos ingresos que no superen los 75.000 euros al año.

  • Muchas son las entidades de ese tipo que caen en infracciones y errores en materia fiscal por absoluto desconocimiento y eso supone que sean objeto de sanciones impuestas por la Administración Tributaria.

  • La mencionada Administración cada vez pone más hincapié en analizar a conciencia a las ENL por dos motivos fundamentales: porque están las que al considerar que no tienen ánimo de lucro no deben tributar el impuesto de sociedades y porque hay algunas que son utilizadas para desviar rentas de otras actividades económicas.