Por distintas circunstancias, una sociedad puede dejar de tener actividad. Esto podría suceder con intención de hacer un receso para retomar más adelante su actividad, o sencillamente como una fase previa a lo que sería una liquidación o disolución. Esa falta de actividad puede hacer creer que como no está funcionando no tiene tampoco “deberes” de cara a la administración. Sin embargo, eso es un error.

Las sociedades sin actividad sí tienen obligaciones y precisamente esas son las que ahora pretendemos darte a conocer desde nuestra asesoría Cepresa:

  • Comunicar la inactividad a la Agencia Tributaria. Sin lugar a dudas, la primera y fundamental obligación que tiene esa sociedad en cuestión es la de comunicar al mencionado organismo que se encuentra sin realizar actividad económica. Esto lo debe informar a través del modelo 036 y, más concretamente, marcando las casillas 140 y 141. La primera de las casillas indica “Dejar de ejercer todas las actividades empresariales y/o profesionales” y la segunda establecerá la fecha desde la que está viviendo esa situación.

  • Presentar el Impuesto de Sociedades. Ni que decir tiene que la sociedad también tiene la obligación de presentar el citado impuesto marcando la casilla 00026 del modelo 200 y haciendo constar el pertinente balance.

  • Presentar la Declaración del IVA es otro deber que tiene la sociedad que se encuentra inactiva. Concretamente del último periodo en el que sí se encontraba realizando su actividad económica o profesional.

  • Realizar las pertinentes retenciones, presentándolas debidamente e ingresándolas.

  • Continuar llevando al día la contabilidad. Pues aunque la sociedad no esté funcionando como tal sigue teniendo la obligación de seguir realizando la contabilidad tal y como venía haciendo hasta ese momento.

A grandes rasgos, estos podemos establecer que son los principales deberes que cualquier sociedad inactiva tiene que seguir realizando porque así lo ha establecido la Administración.

Tampoco podemos olvidar que esa empresa sin actividad deberá realizar el depósito de cuentas en el Registro Mercantil, hacerle frente a las deudas que tenga o incluso acometer la formulación de las cuentas para que estas puedan ser aprobadas en la pertinente Junta General.

Si tienes dudas al respecto o si necesitas ayuda para poder hacerle frente a esa inactividad de tu sociedad, no dudes en ponerte en manos de profesionales asesores como los que integramos Cepresa. En nuestra asesoría trabajamos de manera continuada para nuestros clientes, pero también atendemos asuntos puntuales. Si deseas contratar nuestros servicios, por favor, ponte en contacto con nuestra asesoría.