Muchos son los aspectos a nivel tributario y fiscal que hay que tener en cuenta y controlar cuando se está al frente de una empresa. Y es que es la manera de poder llevar a cabo la gestión de la forma adecuada y sin caer en errores que puedan suponer, por ejemplo, sanciones de diversa índole. De ahí que ahora queramos a dar a conocer un término relevante a tener en consideración. Nos estamos refiriendo a lo que se conoce como precios de transferencia.

¿Quieres saber qué significan y qué señas de identidad de los mismos merece la pena descubrir? Sigue leyendo, te lo contamos todo a continuación:

  • Con ese término se hace referencia a los precios o valores fijados que se se aplican en las transacciones de tipo comercial. Son los que se impondrán a la hora de que dos empresas procedan a transferirse entre ellas bienes, derechos, servicios

  • Desde hace unos años esos precios de transferencia se han regulado a nivel internacional de manera clara. Se ha hecho por dos motivos fundamentalmente. Primero, para evitar que entidades que mantienen cierta “relación” establezcan unos valores más bajos que si ese intercambio comercial se realizara entre otras que no tienen vínculo ninguno. Segundo, para conseguir evitar también que se “juegue” con las cargas impositivas y se apliquen o desarrollen en un país donde puedan resultar más ventajosas.

  • En concreto, a la hora de poder establecer los citados precios se hace importante que las empresas participantes en la transacción comercial tengan en cuenta lo que es el valor del mercado, para que pueda respetarse también el principio de lo que es libre competencia.

  • Además de todo lo que hemos expuesto también es importante que se cumplan las obligaciones relativas a que las empresas tienen que conformar la pertinente documentación sobre la estipulación de los precios de transferencia. Si no elaboran la misma o lo hacen de manera inadecuada eso traerá consigo sus consecuencias a nivel tributario. En concreto, las consecuencias podrán ser sanciones acordes a lo sucedido.

  • En concreto, la documentación citada será referente al contribuyente así como al grupo al que pertenece, por ejemplo. Eso sin olvidar tampoco la relativa a otra pertinente sobre el país en cuestión.

Si desea contar con nuestros servicios para estas cuestiones, o para cualquier otra que afecte a la gestión fiscal, jurídica, laboral o contable de su empresa, puede ponerse en contacto con nosotros. Estaremos encantados de atenderle. Igualmente puede pasarse por nuestras oficinas, o puede llamarnos por teléfono. Lo que usted prefiera, con lo que se sienta más cómodo.