El año 2020 nos trajo el fuerte avance en la digitalización de las empresas, y las respuesta adecuada en la Agencia Tributaria para facilitar los trámites sin que fuese necesaria la presencia física de los contribuyentes en alguna de sus oficinas.

Lamentablemente también hemos visto como el año pasado supuso un fuerte incremento en las deudas de bastantes empresas afectadas por la crisis que se ha derivado de la pandemia. Por este motivo, aunque la Agencia Tributaria seguirá exigiendo el pago de las deudas, intenta ponerlo un poco más fácil permitiendo su aplazamiento con un trámite que se puede completar a través de Internet.

Pasos a seguir para solicitar el aplazamiento de la deuda

Entramos en el sitio web de la Agencia Tributaria, y una vez dentro vamos a la página de Todos los trámites.

Pulsamos a continuación en el enlace de Recaudación.

Seleccionamos Aplazamiento y fraccionamientos. Volvemos a pulsar en el enlace que aparece con ese mismo nombre anterior, para llegar a una nueva página donde tendremos que seleccionar lo que sea de nuestro interés:

En el caso de que queramos presentar nuestra solicitar para aplazar nuestra deuda: Presentar solicitud.

Si queremos modificar los datos del aplazamiento tenemos que seleccionar: Solicitud de aplazamiento de plazo de contestación de requerimientos.

En entonces cuando llegamos a la página en la que nos solicitarán los datos de acceso.

En este apartado aconsejamos la lectura de uno de nuestros anteriores artículos en el que explicábamos cómo podemos obtener la CL@AVE de acceso y en este otro explicamos cómo podemos utilizar para identificarnos el DNI electrónico.

En esta página de la Hacienda, nos explican los pasos a seguir para solicitar el aplazamiento y fraccionamiento de nuestra deuda.

Una vez identificados y dentro de la zona protegida de la Agencia Tributaria, será cuando tendremos que aportar los datos que nos solicitan, o podremos realizar las modificaciones en el aplazamiento de la deuda.

Tendremos que decidir qué deuda queremos aplazar, tendremos que aportar datos para la domiciliación bancaria, en las garantías marcaremos «exención».

Al final podremos descargar un pdf con toda la información y un justificante con los trámites que se han completado.

Algunos datos de interés sobre los aplazamientos de deuda

  • Los tres primeros meses de aplazamiento no tienen interés de demora.
  • Se pueden aplazar hasta 30.000 euros de deuda tributaria.
  • A estos aplazamientos se podrán acoger PYMES que tengan un máximo de volumen de operaciones de 6 millones de euros y todos los autónomos.
  • Se podrán solicitar hasta el 30 de mayo estos aplazamientos.