En el primer artículo de esta serie que estamos dedicando al proceso de darse de alta como autónomo vimos que debíamos de seleccionar el epígrafe adecuado del IAE para la actividad que íbamos a desarrollar. En cada paso se pueden cometer errores, así que lo aconsejable es que si va a ser el propio interesado quien se encargue de completar este proceso, debería de tomárselo con calma. En nuestra asesoría podemos encargarnos de todo lo que necesite en este sentido, así que, si lo desea, puede encargarnos a nosotros que completemos por usted su alta como autónomo.

Alta en la Seguridad Social

Este alta es un proceso simple que es necesario completarlo antes de iniciar la actividad que deseamos desarrollar, además este alta tiene que ser previa al alta en Hacienda o puede coincidir con la misma.

En este paso vamos a tener que presentar el modelo TA.0521 (en el enlace se puede encontrar información completa al respecto). Si disponemos de certificado digital o de CL@AVE (aconsejamos la lectura del artículo que publicamos sobre CL@VE), podremos completar este alta a través de Internet.

Vamos a tener que escoger la que será la base de cotización y las coberturas por las que se va a cotizar.

Todo trabajador está obligado a cotizar a la Seguridad Social, sin que importe si está trabajado por cuenta propia o por cuenta ajena, sin embargo en este segundo caso será la empresa que lo ha contratado quien se encargue de pagar estas cuotas mensuales.

Qué base de cotización se debería de elegir

Lo habitual en muchos casos es que, puesto que la cuota que se va a pagar cada mes a la Seguridad Social está en función de la base de cotización, se seleccione la mínima posible, pero ¿es esta la mejor elección en todos los casos? Vamos a verlo con más detalle:

En los inicios de cualquier proyecto empresarial, en el que lógicamente se pueden tener ciertas dudas iniciales sobre su viabilidad y sobre los buenos resultados económicos, y teniendo en cuenta también que no siempre se cuenta con una financiación muy sobrada, sería interesante cotizar por la base mínima.

Puesto que para el cálculo de la pensión de jubilación se va a tener en cuenta lo que hemos cotizado en los últimos 25 años*, lo ideal sería que en ese largo periodo final incrementásemos, al máximo posible, nuestra base de cotización. Además, dentro de un mismo año tenemos la posibilidad de cambiar hasta 4 veces esa base de cotización.

*Es conveniente aclarar que la cantidad de años que se tendrán en cuenta para calcular la pensión que vamos a recibir no es constante, sino que la edad de jubilación se va retrasando y también se producen cambios en el cálculo de la pensión.

La edad de jubilación llegará a los 67 años, aunque en este año 2020 es de 65 años y 10 meses, teniendo que haber cotizado por lo menos durante 37 años para poder cobrar el 100% de la pensión.

En este año 2020 se tendrán en cuenta para calcular la pensión, no los 37 años exigidos, sino los últimos 23 años. Será en 2022 cuando se tengan en cuenta los últimos 25 años cotizados para calcular la pensión.