Numerosas son las dudas que asaltan a muchos de los clientes que tenemos en Cepresa respecto a las indemnizaciones que deben ofrecerles a sus empleados tras la finalización de un contrato temporal. Más aún después de que hayan surgido distintas sentencias donde se ha establecido que esos trabajadores tienen derecho a recibir las correspondientes a 20 días.

Basándonos en la legislación vigente y en lo que se informa desde organismos como el INEM (Instituto Nacional de Empleo) podemos mencionar lo siguiente:

20 días de indemnización

Proceder a ofrecerle a un trabajador que ha tenido un contrato temporal una indemnización de 20 días se hará cuando se produzca lo que se conoce como despido objetivo. Este es el que tiene lugar cuando se ha extinguido esa relación contractual por razones tales como cuestiones económicas o técnicas, faltas de asistencia, ineptitud, incapacidad para adaptarse al puesto u otros motivos de fuerza mayor.

En esas situaciones el empresario debe optar por darle la carta de despido junto a la indemnización que, como hemos mencionado, será de 20 días por un máximo de un año.

En el resto de los casos

Cuando el fin del contrato temporal no sea por causas objetivas como las citadas, ¿qué hay que hacer? Muy sencillo. En ese caso, hay dos posibilidades:

1) Se acaba el contrato por el tiempo que estaba establecido

Ante esa situación se deberá cumplir la normativa vigente en cuanto al Estatuto de los Trabajadores que viene a indicar que se otorgará al empleado una indemnización. Esta será acorde al momento en el que se firmó el contrato, por lo que hay que conocer las pautas existentes al respecto.

Esas establecen, por ejemplo, que si ese citado documento se rubricó a partir del 1 de enero de 2015, aquel tendrá derecho a recibir una indemnización de 12 días por año.

2) Despido improcedente

Cuando el trabajador considera que su despido ha sido improcedente y ha conseguido que el juez le dé la relación pueden suceder dos cosas:

  • Que se le readmita.

  • Que se le pague una indemnización que, según la normativa, será de 33 días por año trabajado a partir del 12 de febrero de 2012.