Sin lugar a dudas, uno de los contratos con el que más sueñan las personas que quieren encontrar un empleo es el indefinido. ¿Por qué? Básicamente porque el mismo no viene a delimitar su vida laboral en una empresa. Es decir, no fija un límite con respecto a la duración que el trabajador va a formar parte de la misma, dura hasta que desde la dirección o el propio individuo se decide romperlo.

Contrato fijo es como también se suele denominar a ese, que puede ser de diferentes tipos. En concreto, desde nuestra asesoría en El Plantío (Majadahonda), Cepresa, no dudamos en dar cuenta a nuestros clientes que aquel no es siempre el mismo, puede presentar variedades. Así, nos encontramos con dos criterios que se usan para diferenciarlo:

Por un lado, tenemos que exponer que si tenemos en cuenta el horario del empleado, lo que es la jornada de trabajo, puede ser contratos indefinidos de jornada completa, parcial o lo que se conoce como fijo discontinuo.

Por otro lado, existen una serie de situaciones especiales en relación a las características de los empleados o de la empresa que propician que puedan ser de muy diferentes modalidades. En concreto, en este caso, nos topamos con contratos indefinidos como los siguientes:

  • De personas con discapacidad.
  • De apoyo a lo que son emprendedores.
  • De un joven para lo que son empresarios autónomos o bien para microempresas.
  • A tiempo parcial para lo que es una vinculación formativa.
  • Para trabajadores que, como así lo acredita la correspondiente documentación, hayan sido o sean víctimas de violencia de género, del terrorismo o de violencia doméstica.
  • Para empleados de más de 52 años que sean beneficiarios de subsidios de desempleo.
  • De servicio de lo que es el hogar familiar.
  • De alta dirección.
  • Con reducción de las cotizaciones empresariales por lo que son las contingencias comunes a la Seguridad Social.
  • Para personas que resultan ser beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Para apoyar nuevos proyectos de emprendimiento joven.
  • Para personas trabajadoras que tienen el riesgo de sufrir exclusión social.
  • Para empleados que proceden de una Empresa de Trabajo Temporal con lo que es un contrato para el aprendizaje y la formación, en prácticas o de primer empleo joven.
  • De trabajo en grupo.

A grandes rasgos, estos podemos decir que son los principales tipos de contratos indefinidos que están reconocidos legalmente en nuestro país.