Estamos inmersos en un periodo en el que el comercio electrónico se está viendo fortalecido debido al aislamiento de los ciudadanos. De hecho, en un artículo anterior mencionábamos que las ventas a través de Internet se estaban perfilando como una de las más interesantes oportunidades de negocio para los emprendedores.

En la actualidad es raro encontrar una tienda del sector de la alimentación que no haya recibido solicitudes de compra desde lugares que antes eran poco habituales, pero debido a que no pueden atender a toda la demanda que se ha generado, algunas de esas tiendas han tenido que colgar mensajes mencionando que solo venden en su propia ciudad o provincia.

Hay que tener en cuenta que atender a un incremento brusco, y notable, de clientes, como ha podido suceder durante la crisis del coronavirus, no siempre va a resultar posible pues no solo sería necesario ampliar las instalaciones, sino que, además, por la propia seguridad en el trabajo, se desaconseja que los riesgos se incrementen al tener a más trabajadores en el mismo espacio. Además muchos de los pedidos que antes se realizaban de manera presencial en las tiendas, en estas semanas se han completado a través de Internet. En consecuencia, el incremento de los nuevos clientes se ha repartido entre multitud de tiendas.

Puesto que el panorama que tenemos por delante augura que va a seguir presente una nueva actitud de prevención ante posibles contagios, no solo del coronavirus, poner en marcha una tienda online podría estar ofreciendo lo que cada vez más personas van a estar buscando para que una buena parte de sus compras se puedan completar a través de Internet.

Lo único que nos está faltando para comenzar con nuestra tienda online es que conozcamos cuáles son los requisitos legales con los que vamos a tener que cumplir.

  • Puesto que vamos a tener clientes que nos enviarán sus datos personales, vamos a tener que cumplir con la normativa que hace referencia a la protección de datos personales, que nos obliga a poner en práctica las medidas de seguridad adecuadas para protegerlos, o que nos impide comerciar con ellos si conocimiento de nuestros clientes, o que también nos obliga a atender cualquier solicitud para eliminarlos o rectificarlos, además de la información que tiene que estar a disposición de nuestros clientes sobre quiénes tendrán acceso a esa información. Para más información aconsejamos las guías que están publicadas en la Agencia España de Protección de Datos.
  • También estamos obligados a incluir una completa identificación de nuestra empresa para cumplir con la normativa de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico en España. Para encontrar toda la información necesaria a este respecto se puede visitar la web dedicada a la LSSI.
  • Como a cualquier otro comercio, las tiendas online deben de cumplir con la Ley de ordenación del comercio minorista, que nos obligará a que el plazo de ejecución y pago sea como máximo de 30 días. Nuestros clientes podrán devolver lo comprado, sin que medie la obligación de justificar esa decisión, en el plazo de 14 días, y el vendedor deberá de devolver el dinero en un máximo de 30 días. En el caso de que se haya utilizado una tarjeta de crédito para el pago que no haya sido identificada electrónicamente el titular puede anular la operación.
  • Aunque pueda parecer de interés menor, el propietario de una tienda online también está obligado a cumplir con la Ley de cookies, para que cualquier usuario que llegue a la tienda sea conocedor de qué manera se están rastreando sus visitas y que, al mismo tiempo, tenga la opción para deshabilitar cualquier cookie no necesaria.
  • No por mencionarlo en último lugar es menos importante que el propietario de la tienda pueda facturar. Por lo tanto, tenemos que estar dados de alta como autónomos o tenemos que crear una empresa en el epígrafe adecuado a la actividad que se desee desarrollar.