Si tienes previsto convertirte en autónomo próximamente, pues consideras que ha llegado el momento de dar un paso más y de intentar hacer realidad tus sueños profesionales, lo que tienes que poseer es mucha ilusión, ganas de trabajar, capacidad de esfuerzo y amplia paciencia, ya que el camino no será fácil. Pero hay un elemento que te puede hacer mucho más sencillo ese camino y es contar con la ayuda de una asesoría y gestoría. Sí, porque esta te va a ayudar a llevar al día tu gestión en cuanto a tus tributaciones y obligaciones con Hacienda.

En concreto, te permitirá estar al día de la conocida retención, que será fundamental a la hora de que puedas realizar correctamente, por ejemplo, la facturación a tus clientes. En concreto, una empresa de ese tipo que te asesore, como sería el caso de la nuestra (Cepresa), te dará a conocer los aspectos más relevantes que al respecto existen:

  • Hay que hacer uso de las retenciones adecuadas en cada momento, porque de no hacerse así lo único que se producirían serían problemas serios con Hacienda.

  • Es importante saber además que existen tres tipos de retenciones fundamentales que afectan a los autónomos: las referentes a las facturas, las relativas a sus trabajadores, que dependerán de las características de estos (salario, número de hijos, tipo de contrato…), y las relacionadas con los alquileres.

  • Los nuevos autónomos profesionales, como sería tu caso, están sujetos a una retención del 7 % del IRPF. Un porcentaje que les será aplicado no sólo durante el primer año de haberse dado de alta sino también en los dos años siguientes de actividad.

  • El resto de autónomos, por su parte, cuentan con una retención del 15 % en cada una de las facturas que realicen a sus clientes. Porcentaje ese que, después de distintas reformas y cambios determinados por el gobierno, ha acabado convirtiéndose en el general en materia del citado IRPF.

  • Los profesionales de este tipo que tengan alquilado un local para el desarrollo de su negocio cuentan con respecto al mismo una retención del 19%.

  • La retribución de los administradores está sujeta a una retención del 35%, a excepción de la que se refiera a entidades con un importe neto de cifra de negocios inferior a los 100.000 euros pues en ese caso la retención sería del 19%.

Si quieres conocer más a fondo estos u otros aspectos relacionados con la retención de autónomos, no dudes en confiar con los expertos de Cepresa.